El objetivo de este documento es estimar el efecto que la Megarreforma Tributaria tendría sobre las finanzas públicas en el período 2026 – 2030, en particular, sobre la trayectoria esperada del balance estructural y la deuda pública. Para ello, se realizan mejoras a la proyección del impacto fiscal contenida en el Informe Financiero del proyecto de ley. Además, se incorpora este impacto a las trayectorias esperadas del balance estructural y la deuda pública, aspecto que se omitió en la publicación del Informe de Finanzas Públicas del primer trimestre de 2026 (1T26), publicado el 25 de mayo de 2026.

La metodología para la proyección de los impactos fiscales del proyecto está sujeta a debilidades metodológicas que debiesen ser subsanadas. El Informe Financiero no considera mecanismos para atenuar los riesgos derivados de un proyecto que irroga costos fiscales directos y ciertos, e ingresos fiscales indirectos y sujetos a mayores niveles de incertidumbre. Tampoco incorpora los efectos de equilibrio general que se desprenden del mayor déficit y deuda pública que, todo lo demás constante, genera el proyecto, redundando en menor crecimiento e ingresos fiscales. Asimismo, dada la alta incertidumbre de las estimaciones, debiera contemplarse la publicación de escenarios de sensibilidad ante la no materialización de determinados supuestos.

Existen omisiones o debilidades metodológicas en los efectos directos asociados al conjunto de medidas tributarias y con impacto en el gasto. Es necesario tomar en cuenta el impacto de medidas comprometidas durante la tramitación del proyecto de ley, como la reducción del impuesto corporativo a las Pymes y los reembolsos por IVA de pañales y medicamentos. Además, existen debilidades en los supuestos realizados en algunas estimaciones, como la reintegración del impuesto a la renta, el ahorro por el incentivo al retiro, y el impacto de mediano plazo de la reducción en el impuesto a las donaciones.

La proyección del impacto fiscal de los efectos indirectos sobre el crecimiento se debe realizar con mayor cautela, debido a la alta incertidumbre asociada a estas proyecciones. Por ello, se propone utilizar rangos inferiores o conservadores de las elasticidades de parámetros clave, como el efecto de la reducción del impuesto corporativo sobre el crecimiento. Además, concentrarse en medidas cuyo impacto positivo está documentado de manera robusta en la literatura académica. Por ello, en este trabajo no se incluyen medidas donde se identifican supuestos arbitrarios, como la invariabilidad tributaria; o donde la justificación teórica y respaldo empírico es débil, como la reintegración.

Realizando ajustes con los criterios señalados en el párrafo anterior, se obtiene que el efecto de la Megarreforma Tributaria sobre el crecimiento económico es de menos de un tercio que lo proyectado en el Informe de Impacto Regulatorio (IIR) del Ministerio de Hacienda. Al año 2030, se estima un efecto acumulado de 0,9 puntos porcentuales de PIB, mientras que el IIR supone un impacto de 3,1 puntos de PIB.

El impacto fiscal de la Megarreforma Tributaria se estima en -1,0% del PIB al año 2030, lo que equivale a $4.800 millones de dólares de mayor déficit. Esto casi triplica el impacto esperado por el Informe Financiero. El 60% del ajuste se explica por una proyección más conservadora de su efecto sobre el crecimiento, y el resto, por la revisión de supuestos e inclusión de impactos omitidos respecto a sus efectos directos.

Considerando el efecto esperado de la Megarreforma Tributaria, al año 2030 el balance estructural podría ubicarse en -2,7% del PIB, y la deuda pública en 49,2% del PIB. Esto representa un empeoramiento de 0,9 puntos de PIB para el balance estructural y de 2,7 puntos de PIB para la deuda pública con respecto a la trayectoria proyectada en el Informe de Finanzas Públicas del primer trimestre de 2026, que no consideró el efecto de la Megarreforma.

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