Y aprobada la ley de ‘Escuelas Protegidas’, ¿qué hacemos con la convivencia educativa?

Y aprobada la ley de ‘Escuelas Protegidas’, ¿qué hacemos con la convivencia educativa?

Columna publicada en El País (16 de junio, 2026).

Por Jaime Portales, integrante del Observatorio de Políticas en Educación de Rumbo Colectivo, y por Tatiana Urrutia, diputada por el Frente Amplio.

La recién aprobada ley de “Escuelas Protegidas”, impulsada por el actual gobierno, responde a una preocupación legítima: enfrentar la violencia que afecta a estudiantes, docentes y comunidades educativas. En particular, la nueva ley permite y regula nuevas herramientas de inspección de las y los estudiantes tales como la revisión de mochilas y bolsos, y la incorporación de restricciones sobre vestimenta o accesorios que impiden identificación facial, lo que mal implementado puede llevar a discriminaciones arbitrarias de estudiantes, a la exacerbación de los conflictos, e incluso al abandono y la exclusión escolar.

Asimismo, la nueva ley define inhabilidades para personas mayores de 14 años condenadas por delitos graves cometidos en contextos educativos. Una de estas es la suspensión de la gratuidad en educación superior por un periodo 5 años, que corresponde a una medida que contradice la evidencia que identifica a la educación como uno de los principales factores de integración social y de reducción de la reincidencia.

Pero, más allá de lo anterior, ¿ayudan estas medidas a resolver el problema de la convivencia en nuestras escuelas, aparte de su aplicación en situaciones extremas? ¿La nueva ley nos entrega herramientas y modelos para aprender a convivir?

Si el propósito es aprender a vivir juntos, la evidencia nacional e internacional disponible apunta hacia una dirección muy diferente. Organismos como UNESCO, UNICEF y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) han destacado que las estrategias más efectivas para reducir la violencia escolar son aquellas que fortalecen el clima escolar, la participación estudiantil, las capacidades docentes y el apoyo psicosocial. Por el contrario, las medidas centradas principalmente en inspecciones, vigilancia o respuestas punitivas muestran resultados mucho más limitados, e incluso perjudiciales, cuando no forman parte de un abordaje más integral: uno que promueve el desarrollo de habilidades socioemocionales, la formación ciudadana, la resolución pacífica y dialogada de conflictos, y que reconoce a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho.

Chile necesita una política de convivencia educativa que no oponga seguridad y derechos, sino que los una en una misma estrategia. Esa es la principal política educativa que debiera impulsar el Ministerio de Educación, con un financiamiento público estable, si realmente quiere una convivencia educativa más segura, inclusiva y sostenible en el largo plazo en las comunidades educativas del país. De hecho, ya existe una política de convivencia educativa vigente para el periodo 2024-2030 a la que, así como en el caso de seguridad, también se le podría dar continuidad.

Observatorio de Vivienda de Rumbo Colectivo presenta el informe “Retiro de Decretos: peligro latente de retrocesos en materia urbana”

Observatorio de Vivienda de Rumbo Colectivo presenta el informe “Retiro de Decretos: peligro latente de retrocesos en materia urbana”

El documento, de autoría de Vicente Burgos, colaborador y miembro del Observatorio de Políticas de Vivienda de Rumbo Colectivo, realiza un análisis y señala las implicancias que tendrá el retiro de los tres decretos desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respecto a riesgos de desastres, incendios y sobre calidad y agilización de permisos de construcción.

El informe detalla los antecedentes de los decretos retirados a fines de marzo de este año, también se refiere a las implicancias técnicas del retiro y entabla conclusiones de esta acción del actual gobierno.

En específico, el 26 de marzo de 2026, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo retiró tres decretos modificatorios de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) que se encontraban en los últimos trámites ante la Contraloría General de la República (CGR). Estos instrumentos habían sido elaborados por equipos técnicos del MINVU, y sometidos al proceso ordinario de revisión de la Contraloría General de la República, completando con ello un ciclo largo de elaboración normativa.

Descarga el informe aquí.

Diagnóstico compartido, solución contraproducente

Diagnóstico compartido, solución contraproducente

Columna publicada en La Tercera (24 de abril, 2026).

Por Vicente Burgos, Doctor en Planificación de la University College of London, exjefe División de Desarrollo Urbano del MINVU, y miembro del Observatorio de Políticas Públicas en Vivienda de Rumbo Colectivo.

Chile necesita construir más viviendas. El déficit supera las 500 mil unidades, la construcción está en su nivel más bajo desde 2008, y miles de familias esperan una solución que el mercado no les entrega. Ese diagnóstico es urgente y compartido. Merece una respuesta a la altura.

Por eso resulta tan desconcertante que la actual administración haya optado dar una respuesta que genera tanta división, con la promesa de bajar el precio de la vivienda, desconociendo los avances compartidos de los últimos diez años de política urbana habitacional. La propuesta de modificación a la OGUC impulsada por el Minvu cambia el coeficiente que convierte densidad en viviendas, duplicando o cuadriplicando la densidad permitida en todos los planes reguladores del país, sin estudios territoriales, sin consulta a los municipios y sin participación ciudadana (procesos a los que, irónicamente, estaría obligado cualquier modificación de Plan Regulador Comunal). A eso se suma el resurgimiento del Conjunto Armónico —figura en desuso reemplazada por instrumentos más sofisticados— ahora ampliado y sin control municipal, abriendo resquicios para aumentar altura y constructibilidad sin los contrapesos necesarios. Completan el cuadro medidas para la reconstrucción en zonas de catástrofe que, siendo bien intencionadas, son ingenuas respecto a las facultades reales de la OGUC: varias requieren ley, no ordenanza.

El problema técnico es igualmente serio. La evidencia comparada muestra que las desregulaciones masivas de densidad tienden a ser capturadas como renta del suelo antes que beneficiar al comprador en una baja de precios. Más constructibilidad sin los incentivos correctos significa suelo más caro, no vivienda más barata: a mayor constructibilidad permitida, mayor es el precio que el mercado paga por ese suelo. La literatura ha concluido que desregular el mercado habitacional tiende a beneficiar a quienes ya son prósperos, mientras que las intervenciones centralizadas en el uso del suelo local con frecuencia perjudican y excluyen a las personas de menores ingresos. En efecto, sin mecanismos que prioricen a familias que pretendan ser primeros propietarios, la nueva oferta puede terminar alimentando el mercado de arriendo: esto sería exactamente lo contrario a lo que el ministro Poduje ha propuesto públicamente como política de vivienda de este gobierno.

Con todo, el efecto más duradero puede ser otro: ante una densificación impuesta desde el centralismo, los municipios reaccionarán modificando sus planes reguladores a la baja como mecanismo de autodefensa. Ese proceso no distinguirá entre malos proyectos y aquellos bien diseñados, cerrando la puerta a ambos y convirtiendo la planificación urbana en un campo de batalla que destruirá exactamente los acuerdos colaborativos necesarios para construir ciudad. No es casualidad que la propuesta ya haya concitado la oposición pública de alcaldes de derecha e izquierda.

Lo paradójico es que las herramientas innovadoras para enfrentar el desafío habitacional ya existen. La Ley 21.807, publicada este año, permite aumentar densidad donde se necesita, apuntando a vivienda de interés público, con participación ciudadana. La ley contiene una serie de instrumentos de gestión urbana que fomentan los acuerdos público-privados y la gestión urbana: Chile tiene un arsenal normativo moderno que está esperando ser usado con inteligencia y voluntad política. Este es un momento privilegiado para hacerlo bien. Desperdiciarlo en un decreto que generará más conflicto que viviendas sería una oportunidad perdida que las familias que esperan una solución no merecen.

Regulación democrática del uso de la fuerza: una urgencia pendiente

Regulación democrática del uso de la fuerza: una urgencia pendiente

Columna publicada en La Tercera (29 de enero 2026).

Por Carla Sepúlveda, doctora en Derecho, Universidad de Oxford, presidenta del directorio de Rumbo Colectivo, y Francisco Medina, Magíster en Criminología, Universidad de Sídney, colaborador en Rumbo Colectivo.

Los asesinatos de Renee Good y Alex Pretti por parte del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas han conmocionado a Estados Unidos. Mientras Donald Trump ha llamado a dejar que los “patriotas de ICE” hagan su trabajo, los expresidentes Clinton y Obama defendieron el derecho de los ciudadanos a observar el cumplimiento de la ley y cuestionaron la legalidad del uso de la fuerza por parte de la agencia.

Desafortunadamente, esta historia no resulta para nada ajena al contexto chileno. El veredicto que absolvió al excarabinero Claudio Crespo, pese a haberse acreditado que el disparo que efectuó causó la pérdida total de la visión de Gustavo Gatica, trajo devuelta una discusión inevitable: bajo qué reglas, con qué límites y con qué controles puede el Estado usar la fuerza contra personas que ejercen derechos fundamentales.

Más allá de la polémica justificación de la conducta de Crespo en el veredicto, e independiente de que el resultado del juicio aún está pendiente, se advierte un problema estructural en la regulación del uso de la fuerza en Chile: nuestro marco jurídico carece de un cuerpo legal claro, sistemático y democrático que regule cuándo, cómo y hasta dónde las fuerzas del orden pueden usar la fuerza, especialmente en contextos de protesta social.

Ante ese vacío, el sistema ha recurrido crecientemente a la legítima defensa, una figura del derecho penal pensada para conflictos entre individuos, no para regular la actuación de agentes del Estado que ejercen autoridad, portan armas y actúan en nombre del interés público. Evaluar el uso de la fuerza policial solo desde la lógica de la legítima defensa implica mirar el problema al revés: se parte del disparo y se intenta justificarlo después, en lugar de preguntarse previamente qué funciones habilitan al Estado a usar la fuerza y bajo qué condiciones estrictas.

El resultado de este enfoque es conocido. Las reglas que hoy ordenan el uso de la fuerza están dispersas en reglamentos infralegales, en ocasiones con diferencias importantes entre instituciones, y, en otros, incluso secretas. Esto debilita la transparencia, dificulta el control judicial y deja tanto a la ciudadanía como a los propios funcionarios sin certezas sobre qué está permitido y qué no. En el caso de las armas menos letales –como las escopetas antidisturbios– el problema es aún más grave, pues se trata de instrumentos diseñados para producir dolor y obediencia, con riesgos conocidos de lesiones graves, pero cuyo uso carece de una regulación legal robusta y democrática.

En este contexto, desde el centro de pensamiento Rumbo Colectivo proponemos una regulación integral del uso de la fuerza pública, aplicable a todas las instituciones del Estado habilitadas para ejercerla, no sólo a Carabineros. Esa regulación debe definir con precisión las circunstancias que habilitan el uso de la fuerza, los principios que lo rigen –legalidad, necesidad y proporcionalidad– y los límites materiales al empleo de armas, especialmente en contextos de protesta.

En el documento “Uso de la fuerza policial en protestas: vacíos normativos, desafíos y propuestas para una regulación democrática”, disponible en nuestra página web, recomendamos la adopción de procesos obligatorios y previos de revisión del armamento menos letal, que evalúen su diseño, su comportamiento técnico y los riesgos previsibles asociados a su uso, conforme a estándares internacionales de derechos humanos.

Aunque en el último periodo el número de protestas con más de mil participantes ha disminuido considerablemente, asegurar que la acción policial tenga reglas claras, democráticamente validadas y efectivamente controlables, es una urgencia pendiente. Al definir las reglas para usar la fuerza, el Estado ejerce la autoridad con mayor legitimidad, y por ende, con mayor firmeza.

Política de Estado que trasciende gobiernos

Política de Estado que trasciende gobiernos

Columna publicada en La Tercera (2 de octubre 2025).

Por Jaime Portales, doctor y máster en Educación de la Universidad de Texas, EE.UU. e investigador de Rumbo Colectivo, y Sebastián Izquierdo, investigador CEP.

La Nueva Educación Pública (NEP) —la reforma que transfirió la gobernanza y administración de la educación pública estatal desde los municipios a los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), iniciada en 2018 —ya cuenta con 24 SLEP funcionando en régimen a lo largo del país. Estos servicios equivalen a 115 comunas, a más de 435.000 estudiantes y a poco más de 1.800 establecimientos educacionales.

Este cambio representa una transformación de gran envergadura en la educación escolar chilena y, como tal, plantea profundos desafíos. El Consejo Evaluador del Sistema de Educación Pública señala en su informe anual 2024, que la implementación ha presentado logros evidentes, pero también desafíos pendientes; una realidad que contradice la narrativa de crisis promovida por algunos actores políticos.

Entre los logros destaca el acompañamiento pedagógico de los SLEP a las escuelas, la generación de redes territoriales y la valoración y existencia de espacios participativos como el Consejo Local de Educación Pública de cada servicio. Entre las tareas por venir menciona la necesidad de una mayor regulación de los municipios previo al traspaso, así como revisar la normativa rígida —en especial aquella que regula la administración de los recursos financieros— de los SLEP, con el propósito de otorgar mayor autonomía a los proyectos educativos, entre otros.

En este contexto, el Consejo Evaluador, compuesto por un grupo de expertos transversal del espectro político, recomienda dar continuidad a la implementación de la Nueva Educación Pública para la totalidad del sistema. Al respecto, los abajo firmantes apoyamos decididamente esta recomendación y proponemos que la Nueva Educación Pública sea una política pública de Estado, que trascienda gobiernos y frente a la cual todas las candidaturas presidenciales debieran pronunciarse favorablemente, comprometiéndose con el fortalecimiento de la educación escolar.

Para lograr este compromiso fundamental, proponemos —en línea con la mesa transversal del CEP (2024)— que, en el marco de la discusión del proyecto de ley que ajusta la Ley 21.040, que puso en marcha la NEP, se establezca la creación de un consejo colegiado transversal que gobierne la Dirección de Educación Pública (DEP) conformado por profesionales idóneos, incluyendo expertos en educación de los distintos niveles y modalidades educativas, y cuyas principales funciones sean: participar del proceso de nombramiento del Director Ejecutivo de la DEP, seleccionando la terna final que se presenta a la Presidencia de la República, y aprobar la Estrategia Nacional de Educación Pública y los planes y programas relativos a la educación pública, entre otros.

Contar con este consejo colegiado permitiría asegurar la continuidad, transversalidad y estabilidad del proceso de transición y al funcionamiento en régimen del nuevo Sistema de Educación Pública, un proceso que requiere del compromiso y el esfuerzo de todas y todos en pos de contar con servicios locales y establecimientos educativos públicos de calidad a lo largo del país.